Movimiento CODECA

Basados en ley (Constitución Política de la República de Guatemala) comunidades deciden emprender resistencias comunitarias.

Articulo 44 «El interés social prevalece sobre el interés particular»

Articulo 45 d » Es legítima la resistencia del pueblo para la protección y defensa de los derechos y garantias consignados en la constitución»

https://www.facebook.com/ComitedeDesarrolloCampesino/videos/284982105797734