Movimiento CODECA

Basados en ley (Constitución Política de la República de Guatemala) comunidades deciden emprender resistencias comunitarias.

Articulo 44 “El interés social prevalece sobre el interés particular”

Articulo 45 d ” Es legítima la resistencia del pueblo para la protección y defensa de los derechos y garantias consignados en la constitución”

https://www.facebook.com/ComitedeDesarrolloCampesino/videos/284982105797734